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Madrid

ITP en Madrid 2026: cuánto pagas al comprar un piso de segunda mano

2 min de lectura· 15 de enero de 2026

La Comunidad de Madrid tiene uno de los tipos de ITP más competitivos de España: el 6% sobre el precio de compra de una vivienda de segunda mano. Solo el País Vasco (4%) y Navarra (6%) igualan o superan este nivel de fiscalidad baja.

¿Cuánto pagas de ITP en Madrid?

El cálculo es directo:

ITP = precio de compra × 6%

Precio de la viviendaITP en Madrid (6%)
150.000 €9.000 €
200.000 €12.000 €
300.000 €18.000 €
500.000 €30.000 €

Reducción al 4% para primera vivienda

La Comunidad de Madrid aplica un tipo reducido del 4% para la compra de primera vivienda habitual cuando se cumplen estas condiciones:

  • La vivienda tiene un valor igual o inferior a 250.000 €
  • Será la residencia habitual del comprador
  • El comprador es menor de 35 años o tiene reconocida una discapacidad del 65% o superior

Si tienes menos de 35 años y compras tu primera vivienda en Madrid por 200.000 €, pagas 8.000 € de ITP en vez de 12.000 €. Un ahorro de 4.000 € que no debes perderte.

Obra nueva en Madrid: AJD al 0,75%

Si compras una vivienda nueva (directamente al promotor), no se aplica ITP sino AJD (Actos Jurídicos Documentados). En Madrid el tipo es del 0,75%, el segundo más bajo de España tras el País Vasco (0%).

Para una vivienda nueva de 300.000 €, el AJD en Madrid es de tan solo 2.250 €.

Total de gastos de compra en Madrid

Para una vivienda de segunda mano de 250.000 € en Madrid:

ConceptoImporte
Entrada (20%)50.000 €
ITP (6%)15.000 €
Notaría y registro (~1,2%)3.000 €
Gestoría y tasación~1.000 €
Total necesario~69.000 €

Madrid es una de las comunidades más favorables fiscalmente para comprar vivienda. El ITP del 6% (o 4% para jóvenes) es significativamente más bajo que en Cataluña (10%), Valencia (10%) o Galicia (10%).

Calcula el total exacto para tu vivienda en Madrid

¿Cuándo se paga el ITP?

El ITP debe liquidarse en los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura de compraventa ante notario. Se liquida en la Comunidad de Madrid a través del modelo 600.

Si no lo liquidas en plazo, la Administración puede reclamar el importe más intereses de demora y, en casos extremos, sanciones.